Archivos Mensuales: febrero 2012

NO ME DIGAS QUE NO CONOCES A NADIE ASÍ…

Si después de una ausencia prolongada de tu puesto no pasa absolutamente nada –o todo va mucho mejor–… empieza a pensar en lo prescindible que eres.

Seas jefe o empleado, deberías meditarlo…

Imagina una larga temporada alejado de tu puesto de trabajo. La razón no importa. Lo grave puede ser que, a tu vuelta, te des cuenta de que tu ausencia prolongada ha pasado inadvertida o, lo que es peor, que las cosas marchan aún mejor que cuando estabas.

 Nadie es imprescindible, pero algunos lo son menos que otros.

 Parece claro que cuando la empresa es grande, la ausencia de la persona prescindible –sea jefe o subordinado– puede pasar más desapercibida.

 “En una empresa grande la incompetencia queda más fácilmente oculta, mientras que en la pequeña brota esplendorosamente. En organizaciones grandes hay más posibilidades de escurrir el bulto, y normalmente este fenómeno es generado por un liderazgo incompetente. Este tipo de líder es un generador de bolsas de incompetencia. En su departamento van quedando los peores y se van marchando los mejores. Al desaparecer temporalmente este liderazgo incompetente resulta hasta un alivio para la compañía”.

 “A menudo, pensamos que pasar inadvertido puede ser algo bueno, cuando en realidad ser visto y reconocido es una necesidad humana. Ser camaleónico con el entorno es una técnica poco útil cuando se trata de mantener y crecer en el trabajo”.

 En este sentido, quienes más papeletas tienen de ser olvidados tras una ausencia prolongada serán aquellos que intentan tomar el menor número de decisiones posibles: nunca se arriesgan y delegan todo buscando el consenso; no se anticipan y, ante la incertidumbre, buscan excusas en el entorno que justifiquen su parálisis por análisis; dedican su tiempo a tareas que implican pocas decisiones, no demasiado estratégicas, y siempre parecen muy ocupados.

 Este tipo de profesionales practican, además, la “escucha activa”: nunca hablan oficialmente y suelen ser generales y ambiguos. Encima, se esfuerzan en la justa medida: cuando surgen problemas, buscan a quien pasar la pelota, sin proponer soluciones creativas. Son partidarios del “si siempre se ha hecho así, para qué cambiar”.

 “No es lo mismo si dejo de trabajar como algo planificado, o si esto se produce de golpe y a mi regreso todo sigue igual o mejor: en el primer caso es un buen síntoma. Demuestra que he planificado, que he previsto las tareas, o que cuento con un equipo maduro que cubre mi ausencia”.

 También depende de la tarea: si ésta no es muy cualificada, siempre habrá alguien que pueda llevarla a cabo sin que se note la ausencia. Pero si el trabajo es muy cualificado o se es un alto mando y no pasa nada si uno falta, la conclusión es que, o no resulta tan necesaria la tarea desarrollada, o no se es tan necesario como parece, o uno mismo cree.

También está el caso de aquellos que, por miedo a no ser necesarios, no se permiten faltar ni siquiera en vacaciones. Es el tipo de gente que llama constantemente a la oficina. Son la clase de profesionales que no permiten que todo funcione sin ellos durante una temporada.

 “Una organización que genera muchas personas imprescindibles provoca asimismo muchas frustraciones una vez que alguna de ellas desaparece”. Se debe abogar por el concepto de ser prescindible, pero tomándolo desde una perspectiva positiva: tenemos la obligación de asegurarnos que, a pesar de que las personas no estén, todo continúe funcionando.

 Si se es jefe y tras una larga etapa se vuelve al trabajo y se ve que todo sigue funcionando hay que pensar en un primer análisis que uno tiene un gran equipo que le ha cubierto las espaldas. La gran misión del líder es preparar a los suyos para cuando no esté, y quien es consciente de su prescindibilidad es capaz de desarrollar a la gente y que ésta funcione de forma autónoma.

 Un test de incompetencias:

Hay unas cuantas pistas o claves de la incompetencia de su jefe. José Medina, presidente de Odgers Berndtson, cree que cada uno puede contrastar estos criterios y aplicárselos a sí mismo:

 1. Analiza el tiempo que gastas de tu superior, el de tus subordinados y el de los demás.

2. Comprueba si resulta frecuente el cambio de prioridades.

3. Mira si te dedicas en exceso al ‘micromanagement’: Perfeccionismo exagerado, análisis y detalle.

4. Calcula el cociente entre los problemas que te llegan y los que resuelves.

5. Estudia los problemas que generas para ‘resolverlos’ después.

6. Comprueba tus niveles de accesibilidad. Si estás ocupadísimo siempre, desbordado o no tienes tiempo.

7. Observa si demoras los temas; si te escurres y muestras un comportamiento ‘anguiloide’.

8. Altibajos de humor, ciclotimia.

 Y aunque no seas tú el elemento prescindible en cuestión, no me digas que no conoces o no has conocido nunca a uno/a (e incluso más) que lo es…

Fuente: Diario Expansión.

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La reforma laboral, sin colorantes ni edulcorantes.

Posibles efectos sobre la conciliación y la salud de la nueva normativa sobre trabajo

Cosas que la reforma laboral no te dejará hacer

La reforma laboral de Rajoy elimina las bonificaciones para la reincorporación de las mujeres embarazadas a su puesto de trabajo y sabotea la conciliación al permitir las horas extras en el empleo a tiempo parcial.
Lo que viene a continuación son algunos (sólo algunos) detalles reveladores de la reforma que, según la vicepresidenta Sáenz de Santamaría, «marcará un antes y un después» en las relaciones laborales.

Contrato a tiempo parcial

Hasta ahora, la contratación a tiempo parcial excluía la posibilidad de hacer horas extras. Detrás de esta prohibición se encontraba la idea de que la naturaleza de este contrato, dirigido en principio a personas que necesitan compatibilizar su trabajo con sus estudios o responsabilidades familiares, excluía la posibilidad de aumentar la jornada.

El capítulo I del Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma del mercado de trabajo (PDF), destinado a medidas “de fomento de la empleabilidad”, permite que las personas contratadas a tiempo parcial realicen horas extras.“Esto va a generar contratos en los que el trabajador o la trabajadora van a estar más a merced del empresario”,opina Adoración Guamán, profesora de derecho laboral.

Hasta ahora, el tiempo de más en este tipo de contratos se establecía mediante las llamadas horas complementarias, que –supuestamente– eran acordadas de antemano entre las dos partes. “Ahora estas condiciones tendrán que pactarse sobre la marcha, y en esta situación siempre manda la empresa”, concluye Guamán.

La Encuesta de Población Activa (EPA) del tercer trimestre de 2011 ya revela un abuso generalizado en este contrato, con el que trabajan un 16% de las asalariadas. Según la EPA, más de la mitad (54%) de quienes trabajan a tiempo parcial lo hacen porque no pueden encontrar un trabajo a tiempo completo. Sólo un 19% “opta” realmente por esta modalidad para la conciliación con el cuidado familiar: nueve de cada 10 personas en esta situación son mujeres, que ahora se verán afectadas por las horas extras.

En la letra pequeñísima de la reforma se incluye otra medida que afectará sólo a las mujeres. La norma elimina las bonificaciones a la reincorporación de empleadas que hubieran cursado baja por maternidado estuvieran en excedencia para el cuidado de sus hijos. Dicha bonificación alcanzaba los cien euros mensuales y estaba en vigor desde la reforma laboral de 2006, que la incluía dentro de las políticas de fomento de la igualdad.

¿Pensabas reincorporarte tras un periodo «sábatico» disfrutando de tu hijo/a? ¿Piensas quedarte embarazada próximamente? A lo mejor te tienes que ir despidiendo de la idea de volver a trabajar…

La súbita desaparición de esta medida puede dejar más desprotegidas a las mujeres embarazadas, especialmente en las pequeñas empresas, donde la reforma establece bonificaciones de mayor cuantía para la contratación indefinida, y con la posibilidad del despido gratuito al extender el periodo de prueba hasta los doce meses.

La ampliación de las causas de despido objetivo, que en los contratos indefinidos tiene una indemnización de veinte días por año trabajado en doce mensualidades, incluye la posibilidad del despido por baja, aunque ésta se justifique. Bastará que el trabajador o la trabajadora haya estado de baja un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o que ese porcentaje alcance el 25%“en cuatro meses no consecutivos en un periodo de doce meses”.

Prohibido estar enfermo: peligro de despido.

Estos criterios cuantitativos estaban ya establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, sólo que relacionados con la media de absentismo en la empresa. En 2010 se redujo del 5% al 2,5% el porcentaje de absentismo que debía estar presente durante el mismo periodo para permitir el despido de un trabajador.

La reforma del Gobierno de Mariano Rajoy elimina cualquier relación del despido individual con el porcentaje de absentismo existente en la empresa. Las gerencias ya no tendrán que usar el llamado despido exprés, (el improcedente) para deshacerse de trabajadores que hayan estado de baja.

LAS PRINCIPALES MEDIDAS

Nuevo contrato con despido libre para las pymes

Las empresas de menos de cincuenta trabajadores podrán efectuar un contrato indefinido con periodo de prueba de un año de duración.

 En una PYME, tras un año de «prueba», te podrán despedir sin indemnizacion

Los contratos a personas entre 16 y 30 años y parados de larga duración estarán bonificados con hasta 1.300 euros por año.

La generación entre 30 y 40 años, hipercualificados, que se está yendo al extranjero sigue sin motivos ni alegrías para volver. Sigue siendo la generación olvidada por las políticas de empleo.

Estas empresas podrán aplicarse una deducción del 50% en sus cotizaciones si contratan a parados que hayan cobrado el paro durante tres meses. El porcentaje de la deducción se aplica a la cantidad restante de paro que le quede por cobrar a la persona contratada.

Ataque a los convenios para bajar los salarios

La empresa podrá proponer cambios en los salarios, horario y jornada pactados en convenio si presenta una “disminución persistente de ingresos o ventas” durante dos trimestres. La falta de acuerdo se dirimirá por arbitraje fuera de la empresa (artículo 14). El artículo 12 de la reforma permite estos cambios incluso sin la necesidad de recurrir al arbitraje. La empresa podrá modificar salario, jornada y horarios “por razones de competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa”.

El empresario dueño y señor del salario, tiempo y condiciones de trabajo en la empresa…¿porqué se ha de suponer que todos ellos son personas cabales, justas y con criterio como para manejar este poder sobre las demás personas?

Por otro lado, los convenios colectivos perderán su vigencia si pasan dos años desde que dejan de estar en vigor. Se elimina así la llamada ultraactividad, que prolongaba la vida de los convenios hasta la firma de un nuevo acuerdo.

El despido objetivo se estira: adiós a los 33 días de indemnización

Un despido será objetivo, (con veinte días de indemnización por año trabajado para los contratos indefinidos) si la empresa presenta una “disminución persistente de ventas o ingresos” de dos trimestres consecutivos.

Previsión del desempleo antes de la reforma: «X».

Previsión del desempleo tras la reforma: «2X»

Todos los nuevos indefinidos tendrán un máximo de 33 días y 24 mensualidades de indemnización si el despido es declarado improcedente. La indemnización de quienes tengan el contrato indefinido anterior se calculará en dos periodos: hasta el 11 de febrero, cuando entró en vigor la reforma, se calculará con los 45 días de indemnización por año, a partir de esa fecha pasarán a calcularse las indemnizaciones con 33 días por año.

Despidos colectivos libres

Las empresas podrán presentar Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) sin necesidad de contar con el acuerdo de la administración. Esta limitación tenía un efecto más bien disuasorio, dado que el ministerio acaba aceptando el 98% de los ERE presentados…

La reforma laboral, según la memoria económica que acompaña al decreto-ley, costará unos 230 millones de euros. Pagar impuestos para financiar tu despido, ¡que tiempos nos aguardan!

En fin..que esta reforma laboral es un no parar de alegrías y dichas para quienes aún conserven su puesto de trabajo o vayan a tener uno (afortunadamente, a pesar de todo).

Fuente: www.diagonalperiodico.net

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